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Derechos de los afiliados

 


d) Recibir la formación precisa y la asistencia técnica adecuada para el mejor desarrollo de su condición de militante y de las tareas políticas que se le encomienden.

e) Controlar la acción política del Partido y de sus representantes en las instituciones públicas, canalizando sus criterios y valoraciones a través de los Órganos internos.

f) Ser informado sobre las actividades del Partido.

g) Ser seleccionado para formar parte de las candidaturas que el Partido presente en los diferentes procesos electorales, en función de los requisitos de capacidad exigidos para los mismos.

h) Demandar la intervención del Partido frente a los pronunciamientos públicos como consecuencia de su actividad política y que vayan en detrimento de su derecho al honor o a la propia imagen.

i) Recibir información con la periodicidad que se acuerde sobre las decisiones adoptadas por el Partido en sus órganos colegiados, así como sobre las políticas que se desarrollan en las distintas instituciones públicas.


El Art. 6 de los vigentes Estatutos del Partido Popular establece esos derechos que son:

a) Participar activamente en la elaboración y adopción de las resoluciones y programas del Partido mediante la libre expresión y defensa de sus opiniones en el ejercicio del debate interno a través de los cauces que estatutaria y reglamentariamente se establezcan.

b) Elegir y ser elegido compromisario para asistir con voz y voto a los Congresos del Partido.

c) Concurrir como candidato a formar parte de los Órganos de Gobierno del Partido.

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